¿Es legal notificar sobre radares o controles de la DGT? Aunque no es multable, están intentando hacerlo.

Las aplicaciones que alertan sobre radares móviles y controles de policía han sido objeto de escrutinio por parte de la DGT durante bastante tiempo, sin ningún cambio significativo. Sin embargo, la DGT a menudo confunde entre los detectores de radar, los inhibidores y los avisadores: tecnologías distintas que acarrean multas e infracciones diferentes. Además, es importante aclarar que, informar sobre la ubicación precisa de un radar es legal, ya que es información pública que la DGT comparte.

El conflicto surge cuando la comunidad de usuarios de aplicaciones como Waze o SocialDrive alerta sobre la ubicación de los controles de policía, lo que podría poner en peligro la seguridad colectiva. En Galicia se han impuesto las primeras multas a empresas que gestionaban grupos de Whatsapp en los que se alertaba sobre la presencia de la policía. Sin embargo, no está prohibido el uso de estas aplicaciones.

Una línea borrosa entre Tráfico y Seguridad Ciudadana

Según Faro de Vigo, se han impuesto dos multas, una a una empresa española que gestiona una aplicación que informa sobre radares y controles, y otra a una persona individual de la provincia de A Coruña que administra grupos de WhatsApp con más de 15,000 usuarios, quienes alertaban sobre la presencia policial en las carreteras de A Costa da Morte.

La ley de tráfico no se refiere explícitamente a esta conducta, como lo hace la Ley de Seguridad Ciudadana en su artículo 36.23:

Las infracciones graves incluyen el uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación, siempre respetando el derecho fundamental a la información.

Por lo tanto, para imponer las multas, se consideró que estas empresas podrían poner en riesgo el éxito de una operación al compartir información sensible.

Frente a este problema, la DGT quiere enfrentarlo legalmente para eliminar el uso de estas aplicaciones. Primero se perseguirán a las empresas que las manejan y a los administradores de los amplios grupos de Whatsapp, pero finalmente se centrarán en los usuarios.

La razón es simple: Si alertas sobre la ubicación de un control policial, podrías estar facilitando la huida a un delincuente que está siendo perseguido por la Policía, lo que te convertiría en cómplice de un posible delito. Aún así, el marco legal para prohibir el uso de estas herramientas es muy complejo y se desconoce si será efectivo.

Son los detectores y los inhibidores los que están prohibidos

En 2022, entró en vigor una nueva ley de tráfico que endurecía la normativa en torno a los detectores de radar: se considera una infracción grave incluso si no se está utilizando. Por lo tanto, lo que cambió en la Ley de Tráfico, es el hecho de tener instalados los detectores.

Se prohibe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualquier otro instrumento destinado a evadir o interferir con el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con ese propósito. Además, se prohibe llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros.

Los sistemas de detección de radar identifican la frecuencia del cinemómetro y alertan al conductor sobre su existencia. Esto significa que, por ejemplo, los conductores pueden darse cuenta de que se está realizando un control de velocidad con un radar móvil y reducir su velocidad para evitar la multa correspondiente.

Además, es importante destacar que un detector de radar no es un inhibidor, una tecnología que anula la señal emitida por el radar, bloqueando su acción e impidiendo la imposición de multas por exceso de velocidad. En este caso, tener instalados estos dispositivos es una infracción muy grave, y la sanción es de 6,000 euros y la pérdida de seis puntos.

Por esta razón, tener un inhibidor instalado en el vehículo es considerado una infracción muy grave en la Ley de Tráfico, sin ningún cambio con respecto a esta norma:

Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros o cualquier otro mecanismo destinado a interferir con el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico (Artículo 77.h)

Debe recordarse que, aunque la DGT publica la ubicación de los radares fijos (incluyendo los de tramo), en el caso de los radares móviles, solo señala los puntos kilométricos que pueden ser controlados por cinemómetros móviles, pero no indica su ubicación exacta.

Foto | Guardia Civil/X.

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