BWM deberá compensar a compradores por aumentar precios de vehículos

BMW condenado a indemnizar a los socios de FACUA-Consumidores en Acción

Actualizado

El Juzgado de lo Mercantil 16 de Madrid ha dictaminado que BMW Ibérica debe compensar a los propietarios de automóviles de esa marca que forman parte de FACUA-Consumidores en Acción, y que se unieron a la demanda contra el grupo de fabricantes que aumentaron los precios de forma indebida entre los años 2006 y 2013.

Estos aumentos de precios se debieron a intercambios de información y ya habían sido sancionados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), según informó FACUA en un comunicado.

El juzgado ha determinado la responsabilidad de la empresa demandada y la ha condenado a pagar una compensación equivalente al 5% del precio de compra de los vehículos adquiridos«, indicó FACUA, añadiendo que a esa cantidad se le sumarán los intereses legales desde la fecha de compra.

Teniendo en cuenta los precios pagados por los vehículos, las fechas de compra y los intereses legales, el equipo legal de FACUA estimó que los clientes recibirán entre 1.189 y 3.731 euros si la sentencia se vuelve firme.

Los afectados representados por FACUA en los 10 procedimientos judiciales abiertos contra 15 marcas de fabricantes que formaban parte del ‘cartel para elevar los precios’ fueron: Alfa Romeo, BMW, Citroën, Dacia, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Lexus, Nissan, Opel, Peugeot, Renault y Toyota.

Las demandas se presentaron entre octubre de 2022 y abril de 2023 contra BMW Ibérica, Fiat Chrysler Automobiles Spain, Ford España, Honda Motor Europe, Hyundai Motor España, Nissan Iberia, PSAG Automóviles Comercial España, Opel España, Renault España Comercial y Toyota España.

Los procesos judiciales iniciados por la asociación se están llevando a cabo en los juzgados mercantiles de Barcelona, Valladolid, Zaragoza y Madrid, donde están ubicadas las sedes de las diferentes marcas.

FACUA recordó que en julio de 2015, la CNMC impuso sanciones a numerosos fabricantes por los acuerdos alcanzados que intercambiaban información sensible y estratégica relacionada con la distribución y comercialización de vehículos en España.

Estos acuerdos fueron considerados «anticompetitivos y prohibidos» debido a que disminuían la incertidumbre en el proceso de fijación de precios.

Si bien la mayoría de los sancionados apelaron la decisión, en 2021 el Tribunal Supremo desestimó los recursos presentados.

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