Consejo de Europa critica indemnización por despido en España

El Sistema de Despido en España y sus Problemas

El **sistema de despido** en España no se ajusta a lo que establece la **Carta Social Europea**, a pesar de que el país firmó este tratado de derechos sociales en 2021. Esta es la principal conclusión del **Consejo de Europa**, que ha respondido a las preocupaciones planteadas por el sindicato **CC OO**. Un informe divulgado anteriormente ya anticipaba esta evaluación, pero ahora se han dado a conocer más detalles. El documento critica el sistema actual y destaca los mismos puntos que se mencionaron cuando el sindicato **UGT** presentó una queja el año pasado.

La resolución fue emitida por el **Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS)**, que es responsable de interpretar la Carta Social Europea. El comité ha declarado que **España** está violando el artículo 24.b, que se refiere a las indemnizaciones por despidos injustos y la **readmisión** tras un despido injustificado. El sindicato **CC OO** había planteado estas cuestiones en su queja.

El artículo 24.b garantiza que los trabajadores despedidos sin una razón válida tienen derecho a recibir una indemnización adecuada. El informe señala que el sistema de compensación en **España** no siempre proporciona una reparación justa, ya que la cantidad máxima de **33 días de salario** por año trabajado a menudo no refleja el daño real causado por un despido injusto.

El dictamen especifica que cualquier límite a la indemnización que impida que esta sea justa y disuasiva es contradictorio con lo que establece la Carta. Aunque el Gobierno argumenta que estos límites proporcionan seguridad jurídica, el CEDS sugiere que, en realidad, pueden motivar a los empleadores a despedir a empleados de forma injustificada, al pensar en los menos costos que eso conlleva.

Limitaciones en la Indemnización

El dictamen subraya que estos límites no permiten que se otorguen compensaciones más altas según la situación personal de cada trabajador. Además, menciona que aunque recientemente algunos tribunales han concedido indemnizaciones adicionales basadas en circunstancias específicas, el Tribunal Supremo en diciembre se opuso a esta práctica.

El CEDS sostiene que los límites establecidos en la **ley española** no son lo suficientemente altos para compensar adecuadamente a una víctima en casos de despido injusto y que estas limitaciones podrían desincentivar a los empresarios de actuar de manera justa.

Posibilidades de Readmisión

Además, el CEDS opina que debería haber una opción de **readmisión** para trabajadores despedidos injustamente. Ésta podría ser una solución que los tribunales españoles deberían poder considerar, en vez de una opción limitada, lo que contraviene lo establecido en la Carta.

CC OO y la Necesidad de Diálogo

El sindicato **CC OO** ha señalado que esta resolución indica la necesidad de revisar varias políticas, incluyendo la readmisión obligatoria y el aumento de las indemnizaciones. Han solicitado al Gobierno la apertura de un proceso de diálogo para discutir los cambios necesarios en las leyes de despido.

El Ministerio de Trabajo ha mostrado su interés en abrir este diálogo. La ministra **Yolanda Díaz** ha comentado que pronto se convocará a sindicatos y empresarios para discutir el tema, destacando la importancia de cumplir con lo que indica la **Carta Social Europea**.

Algunos empresarios han argumentado que las indemnizaciones en España son superiores a las de otros países. No obstante, los sindicatos insisten en que esta comparación carece de contexto y no refleja la complejidad del sistema. Según datos del Banco Mundial, España se encuentra en una posición intermedia en comparación con otros países europeos en términos de indemnización por despido.

Deja un comentario

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR