Protección de Datos exige la eliminación masiva de registros de autónomos en bases empresariales

La AEPD Ordena el Borrado de Datos de Autónomos

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha solicitado la eliminación masiva de información de trabajadores autónomos de las bases de datos empresariales. Este anuncio fue hecho en un comunicado este martes. Además, la AEPD actuará para evitar que esta información siga fluyendo desde el origen. La agencia ha detenido el intercambio de datos de empresarios individuales entre la Cámara de España y la empresa Camerdata, que está relacionada con las cámaras. Esta decisión afecta también a plataformas que recopilan información financiera de las empresas.

La AEPD ha ordenado que las empresas Informa D&B, Iberinform Internacional y Datacentric dejen de manejar los datos personales de autónomos. Deben hacerlo hasta que puedan demostrar una base legal válida para el uso de esta información, de acuerdo con el Reglamento General de Protección de Datos. Asimismo, han de eliminar todos los datos sobre autónomos de sus registros.

La información privada de varios empresarios individuales está disponible en línea, a veces a bajo costo, solo por ser autónomos. Como estos son personas físicas, su NIF coincide con su DNI. También, datos como el número de contacto y la dirección personal son comunes, ya que muchos autónomos no pueden costear una oficina o un espacio de coworking.

Para registrarse, estos empresarios deben apuntarse en el censo de actividades económicas de la Agencia Tributaria, y proporcionar toda esta información. Hacienda comparte estos datos con las Cámaras de Comercio, que, conforme a la Ley 4/2014, crean un censo público de empresas. Esta información es luego utilizada para elaborar un directorio por parte de Camerdata, que permite consultar y comercializar datos sobre las empresas españolas.

Desde la Cámara de Comercio de España, han expresado su sorpresa ante la apertura de un expediente en relación con su función legal. Aseguran que en su página web, el NIF de los autónomos no es público y cuando los datos son enviados a Camerdata, siempre están encriptados. Además, destacan que desde que comenzó el procedimiento, la información sigue excluida, incluso encriptada.

Argumentos Legales de la AEPD

La AEPD argumenta que el censo público de empresas solo debe utilizarse para los fines institucionales de las cámaras de Comercio. Esto significa que no se creó como un recurso para usos comerciales. Aseguran que los autónomos no podían anticipar que sus datos, recopilados con un propósito institucional, serían tratados para fines comerciales por otras empresas.

Además, la AEPD cuestiona si hay un “interés legítimo” en esta actividad, ya que la finalidad comercial no lo está. Las resoluciones también indican que los datos de autónomos no se pueden usar para crear productos de información empresarial por terceros, ya que eso no está permitido por la legislación vigente.

Finalmente, la AEPD remarca que falta un marco normativo que respalde la reutilización de esta información, lo que impide su uso legalizado de manera general. Esto resalta la necesidad de una reforma legal en esta área.

Posibilidad de Recurso

Una de las empresas afectadas, Informa D&B, ha comentado que están dispuestos a dialogar con la AEPD, la patronal del sector, y otras partes, para buscar la mejor solución que garantice la seguridad jurídica y la circulación de datos en el mercado. Informan a sus clientes que si tras el proceso judicial no se logra acceder a datos actualizados, dejarán de ofrecer información sobre autónomos en sus productos.

La AEPD ha indicado que estas resoluciones pueden ser impugnadas mediante un recurso administrativo ante la propia agencia o ante la Audiencia Nacional. Por su parte, la Cámara mencionó que decidirá si apelar según cómo avance el expediente.

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